El seguro para bicicletas cubre su medio de transporte
CARACTERÍSTICAS DEL Seguro de Bicicletas
Coberturas-Seguro de Bicicletas
- Responsabilidad Civil Extracontractual:Cubre todos los perjuicios económicos causados a terceros por los que el asegurado sea civilmente responsable, incluyendo los gastos de defensa, mientras hayan sido ocasionados con eventos relacionados a la bicicleta asegurada: Uso de la bicicleta por parte del asegurado o por una persona diferente, uso de otra bicicleta por parte del asegurado, casos en los que la bicicleta se desplace sola y cause un accidente. Se puede contratar un límite máximo de $64.000.000
- Pérdida total por hurto:En caso de hurto de la bicicleta, la aseguradora indemnizará el valor asegurado menos el deducible y la depreciación
- Pérdida total por daños:Si a causa de un evento accidental, de un caso de vandalismo, o un evento de la naturaleza, la bicicleta sufre pérdida total, la aseguradora realizará el pago de la indemnización restando el valor del deducible y la depreciación.
- Accidentes personales al conductor:Se cubre el fallecimiento, la incapacidad total y permanente, la desmembración y la inutilización de miembros que sufra el conductor de la bicicleta asegurada, mientras se transporte en ella y sufra un evento accidental. El valor asegurado corresponde a la suma de $10.000.000
- Renta diaria por hospitalización: Si el asegurado sufre un accidente de tránsito mientras usaba la bicicleta, la aseguradora pagará una renta diaria a partir del tercer día de hospitalización y por un plazo máximo de 30 días la suma de $20.000 diarios.
- Servicios de asistencia: Si al viajar en la bicicleta, el asegurado sufre un accidente o una enfermedad, la aseguradora le otorgará los siguientes servicios de asistencia:
- Gastos de traslado por accidente o enfermedad, para el conductor afectado.
- Gastos de traslado para la bicicleta en caso de accidente o varada.
- Asistencia jurídica telefónica o en sitio del accidente.
- Servicio de acompañamiento ante el tránsito o ante un centro de conciliación, si es requerido por el asegurado posterior a un accidente en la bicicleta